MICHELINI Y LOS EMIGRANTES

Se presentó una ley en el parlamento cuya exposición de motivos transcribimos a continuación


EXPOSICION DE MOTIVOS

El fenómeno de la emigración siempre estuvo presente en la historia uruguaya pero el mismo se volvió crítico a partir de la década de los setenta. En efecto, desde la época referida como consecuencia de la partida de uruguayos al exterior se generó un fuerte impacto demográfico.

Se estima que entre 1963 y 1985 se dio un saldo neto negativo de 310.000 personas, lo que equivalía al 12% de la población media en ese período.
Hoy los estudiosos del tema afirman que la emigración en Uruguay se ha vuelto estructural, con picos a veces más altos, determinados por diversas situaciones como la crisis económica de los años 1981-82, o la recesión que comenzara en 1999 y alcanzara su máxima expresión en el año 2002.

Como bien se señala lo cierto es que los que se van del país son los más jóvenes y en ese proceso se pierden, al menos, dos generaciones: la de ellos y la de sus hijos.
No existe un cifra precisa de los uruguayos que viven en el exterior pero se estima que aproximadamente podría llegar a ser el 13% de la población total del país, lo que da una idea de la importancia de este tema.

Si bien el proyecto de ley que se pretende justificar refiere simplemente a modificar la normativa actual respecto a la nacionalidad uruguaya, es importante tener presente el tema migratorio porque siendo el Uruguay un país de pequeña población no puede seguir empequeñeciéndose más aún con medidas restrictivas respecto a la adquisición de su ciudadanía.

Una correcta regulación de este tema no debería pasar, en ningún caso, por levantarle muros a los hijos de aquellos que tuvieron que partir; ni a ellos, ni a sus hijos, ni a los hijos de sus hijos.
La estrategia de un país tan chico que sufre, además, esa terrible sangría debería ser la de tender puentes para que quien se va en procura de una mejor vida sepa que puede un día volver con toda su familia a donde todos serán tratados de la misma manera.

La normativa vigente en esta materia es, básicamente, la ley 16.021, de 13 de abril de 1989, en cuyo breve articulado se establece quiénes tienen la calidad de nacionales uruguayos y, al mismo tiempo, se interpretan disposiciones de la Constitución, algunas de modo expreso como es el caso del artículo 74, otras sin hacer mención al texto como es la posibilidad o no de adquirir la ciudadanía natural por parte de aquellos que son hijos de uruguayos nacidos en el exterior.
Lo que coincide en la disposición analizada es que, en ambos casos, la interpretación es sumamente restrictiva; en uno por la rigurosidad de los extremos a configurar para que pueda presumirse el avecinamiento en el país y, en otro, por establecer que en ningún caso podrán adquirir la ciudadanía natural.

El proyecto de ley que se pone a consideración de este cuerpo regula tales situaciones desde un punto de vista absolutamente opuesto con mecanismos tales como los que se detallan a continuación: exigiendo un tiempo menor de permanencia en el país; agregando actos demostrativos de la voluntad de quedarse como el de estudiar en el Uruguay y quitando expresiones que operan como formulismos extremadamente rígidos a la hora de definir una conducta.
En cuanto a la posibilidad de adquirir la ciudadanía natural - por parte de los hijos de quienes habiendo nacido en otro país adquirieron, a su vez, la ciudadanía uruguaya - en el proyecto se admite la misma siempre que se cumpla con el requisito de avecinarse; en el entendido de que quien es hijo de un uruguayo nacido en otro país es también hijo de padre o madre oriental, tal cual lo exige el artículo 74 de la Constitución.

También se ha cambiado, de alguna manera, el rol que debe jugar la Corte Electoral en los procedimientos a que dieren lugar las diversas solicitudes, pasando de ser casi un árbitro de la situación a un controlador del cumplimiento de requisitos, como corresponde.

Resulta claro que una situación tan dramática como la que se produce a causa de la emigración no se soluciona ni mitiga con un proyecto de ley como el que se propone, pero lo menos que puede hacer un país en estas circunstancias es tener las puertas abiertas para todos los uruguayos que quieran volver, los que nacieron aquí y los que nacieron en otra parte.

Rafael Michelini
Senador


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