
MICHELINI Y LOS EMIGRANTES
Se presentó una ley en el parlamento cuya exposición de
motivos transcribimos a continuación
EXPOSICION DE MOTIVOS
El fenómeno de la emigración siempre estuvo presente en la historia
uruguaya pero el mismo se volvió crítico a partir de la década de los
setenta. En efecto, desde la época referida como consecuencia de la
partida de uruguayos al exterior se generó un fuerte impacto
demográfico.
Se estima que entre 1963 y 1985 se dio un saldo neto negativo de
310.000 personas, lo que equivalía al 12% de la población media en ese
período.
Hoy los estudiosos del tema afirman que la emigración en Uruguay se ha
vuelto estructural, con picos a veces más altos, determinados por
diversas situaciones como la crisis económica de los años 1981-82, o
la recesión que comenzara en 1999 y alcanzara su máxima expresión en
el año 2002.
Como bien se señala lo cierto es que los que se van del país son los
más jóvenes y en ese proceso se pierden, al menos, dos generaciones:
la de ellos y la de sus hijos.
No existe un cifra precisa de los uruguayos que viven en el exterior
pero se estima que aproximadamente podría llegar a ser el 13% de la
población total del país, lo que da una idea de la importancia de este
tema.
Si bien el proyecto de ley que se pretende justificar refiere
simplemente a modificar la normativa actual respecto a la nacionalidad
uruguaya, es importante tener presente el tema migratorio porque
siendo el Uruguay un país de pequeña población no puede seguir
empequeñeciéndose más aún con medidas restrictivas respecto a la
adquisición de su ciudadanía.
Una correcta regulación de este tema no debería pasar, en ningún caso,
por levantarle muros a los hijos de aquellos que tuvieron que partir;
ni a ellos, ni a sus hijos, ni a los hijos de sus hijos.
La estrategia de un país tan chico que sufre, además, esa terrible
sangría debería ser la de tender puentes para que quien se va en
procura de una mejor vida sepa que puede un día volver con toda su
familia a donde todos serán tratados de la misma manera.
La normativa vigente en esta materia es, básicamente, la ley 16.021,
de 13 de abril de 1989, en cuyo breve articulado se establece quiénes
tienen la calidad de nacionales uruguayos y, al mismo tiempo, se
interpretan disposiciones de la Constitución, algunas de modo expreso
como es el caso del artículo 74, otras sin hacer mención al texto como
es la posibilidad o no de adquirir la ciudadanía natural por parte de
aquellos que son hijos de uruguayos nacidos en el exterior.
Lo que coincide en la disposición analizada es que, en ambos casos, la
interpretación es sumamente restrictiva; en uno por la rigurosidad de
los extremos a configurar para que pueda presumirse el avecinamiento
en el país y, en otro, por establecer que en ningún caso podrán
adquirir la ciudadanía natural.
El proyecto de ley que se pone a consideración de este cuerpo regula
tales situaciones desde un punto de vista absolutamente opuesto con
mecanismos tales como los que se detallan a continuación: exigiendo un
tiempo menor de permanencia en el país; agregando actos demostrativos
de la voluntad de quedarse como el de estudiar en el Uruguay y
quitando expresiones que operan como formulismos extremadamente
rígidos a la hora de definir una conducta.
En cuanto a la posibilidad de adquirir la ciudadanía natural - por
parte de los hijos de quienes habiendo nacido en otro país
adquirieron, a su vez, la ciudadanía uruguaya - en el proyecto se
admite la misma siempre que se cumpla con el requisito de avecinarse;
en el entendido de que quien es hijo de un uruguayo nacido en otro
país es también hijo de padre o madre oriental, tal cual lo exige el
artículo 74 de la Constitución.
También se ha cambiado, de alguna manera, el rol que debe jugar la
Corte Electoral en los procedimientos a que dieren lugar las diversas
solicitudes, pasando de ser casi un árbitro de la situación a un
controlador del cumplimiento de requisitos, como corresponde.
Resulta claro que una situación tan dramática como la que se produce a
causa de la emigración no se soluciona ni mitiga con un proyecto de
ley como el que se propone, pero lo menos que puede hacer un país en
estas circunstancias es tener las puertas abiertas para todos los
uruguayos que quieran volver, los que nacieron aquí y los que nacieron
en otra parte.
Rafael Michelini
Senador
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